Elasticidad del ingreso corporativo gravable en Colombia

Número: 
1046
Publicado: 
Clasificación JEL: 
H21, H25, H32, C20, C26
Palabras clave: 
IMPUESTOS CORPORATIVOS, elasticidad del ingreso gravable

Las empresas en Colombia han respondido de forma heterogénea a las reformas tributarias implementadas en el país entre 2005 y 2014.

Estas reformas han tenido como objetivo principal reducir las presiones sobre el déficit fiscal. En el caso de los impuestos sobre las empresas, las reformas han modificado la carga tributaria, no sólo actualizando la base y cambiando las tarifas impositivas, sino aprobando diferentes beneficios y exenciones tributarias.

En el Documento ‘Elasticidad del ingreso corporativo gravable en Colombia’, realizado por Ligia Melo Becerra, Héctor Zárate Solano, Andrés Gómez Molina, se estima la elasticidad del ingreso gravable (EIG) con respecto a la tasa efectiva marginal de tributación, para las empresas vigiladas por la Superintendencia de Sociedades, durante las reformas implementadas en Colombia durante el periodo señalado.

La EIG mide el cambio porcentual de la utilidad antes de impuestos de las firmas ante un cambio porcentual en la tasa de tributación de la renta corporativa. De acuerdo con la literatura relacionada, esta elasticidad resume el comportamiento de las empresas con respecto a los cambios tributarios, y a su vez, permite evaluar el efecto sobre la eficiencia económica, y sobre el recaudo de impuestos.

Por su parte, la tasa efectiva marginal de tributación permite medir la carga tributaria a nivel de cada firma, considerando no solo la tarifa estatutaria de renta, sino las características de las compañías y la forma en la que interactúan los impuestos, el sistema de depreciación de activos, las contribuciones, los beneficios y las deducciones del régimen tributario colombiano.

Los resultados de la investigación indican que estas tasas son inferiores para todo el periodo con respecto a la tasa estatutaria y varían en forma importante entre firmas, lo cual es un reflejo de la complejidad de la estructura tributaria del país, que grava en términos efectivos de forma diferente a las empresas, dependiendo entre otras variables, de su forma de financiamiento, del portafolio de sus activos, de su relación capital-trabajo y del sector donde opera.

La EIG estimada para todas las reformas aprobadas en el periodo de análisis es baja, sugiriendo que en promedio las respuestas de las firmas se compensaron entre las diferentes reformas.

Respuesta heterogénea

Como se mencionó, para el periodo 2005 – 2014 se implementaron cinco reformas tributarias. Los resultados de la investigación demuestran la heterogeneidad en las respuestas de las empresas en cada reforma. Para la tributaria del 2006, se encuentra una respuesta inelástica y negativa; para las reformas del 2009 y 2010, la EIG es positiva e inelástica; y para la reforma del 2012, la respuesta es positiva pero elástica. Los resultados señalan que ante una política tributaria con importantes beneficios, como la reforma del 2006, en promedio las empresas respondieron de forma negativa e inelástica, afectando el recaudo del gobierno.

Lo anterior implica que en el corto plazo las empresas se ajustan frente a cada reforma y que el carácter de la respuesta depende de los cambios tributarios que trae consigo la nueva ley.

En resumen, los resultados encontrados en el Documento presentan evidencia de cargas tributarias heterogéneas que varían en un rango amplio, e incluso bajo algunas estructuras tributarias, en las que los beneficios y exenciones son más altos que los impuestos, la carga puede ser negativa.

Debido a que las estimaciones de la EIG indican respuestas heterogéneas de las firmas ante los cambios tributarios, se destaca la importancia de que en una próxima reforma tributaria se evalúen los impactos diferenciales que tienen los impuestos y sus beneficios en diferentes grupos de empresas.

La alta EIG encontrada en algunas reformas tributarias y algunos grupos de empresas, podría sugerir la presencia de oportunidades de elusión por parte de las empresas. En estos casos, la mejor alternativa de política no es siempre modificar las tasas estatutarias, sino revisar la base y eliminar las oportunidades de evasión y elusión que tienen las firmas.